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Nueva ordenanza de movilidad de Valencia

Nueva ordenanza de movilidad de Valencia

10 junio, 2019 Sin categoría 0

Todo lo que tienes que conocer para conducir desde hoy en Valencia sin que te multen

ALBERTO DE LA TORRE REYES – 

Información recogida de Autopista – Imágenes de PyramidConsulting y Equipo Segurea

Después de haber sido aprobada a principios de año, Valencia comienza junio con la aplicación de la nueva normativa de movilidad que afecta a varios tipos de vehículos y turistas.

LOS CAMBIOS PARA LOS COCHES

Entre los principales cambios que se aplicarán con la nueva ordenanza de movilidad encontramos la limitación a 30 km/h en todas las vías de un único carril por sentido. Aplicable, además, a las calles peatonales y residenciales, a diferencia de la normativa establecida en Madrid que es de 20 km/h.

Para las empresas de transporte también verán incrementado el tiempo de carga y descarga de 20 a 30 minutos. Además, se permite el trabajo a vehículos de entre 9 y 12 toneladas.

LOS CAMBIOS PARA LAS MOTOCICLETAS

El principal cambio en la circulación de las motocicletas tiene que ver con su circulación por el carril bus. A partir de ahora estará prohibida, pues se considera que utilizar este espacio incrementa las posibilidades de tener un accidente.

Además, su aparcamiento se verá restringido, ya que antes era libre en todas las aceras de más de 3 metros. Ahora solo podrán estacionar en la acera si no existen plazas de aparcamiento, estén o no ocupadas, y sólo podrán hacerlo dejando una distancia mínima de 50 metros entre ellas.

LOS CAMBIOS PARA LAS BICICLETAS

La nueva normativa permitirá elegir al ciclista entre la carretera o el carril bici, como mejor le convenga, para sus desplazamientos. Antes era obligatorio moverse por el carril bici.

Donde estará prohibido moverse en bicicleta será por las aceras, a menos que el que circula sea un menor de edad acompañado de un adulto. En cuanto a su aparcamiento, no podrán estacionarse en las aceras inferiores a 1,80 metros y en el mobiliario urbano sólo podrá hacerse cuando no exista un aparcamiento específico para ello en un radio de 50 metros. Y siempre sin causar daño al mismo.

LOS CAMBIOS PARA LOS PATINETES Y SILLAS DE RUEDAS ELÉCTRICAS

Con la entrada de la nueva normativa, los patinetes no podrán moverse por las aceras, sólo aquellos que no superen en 10 km/h su velocidad máxima. Aquellos cuyo límite se sitúe entre los 20 y los 30 km/h podrán utilizar el carril bici para moverse y será obligatorio que lo hagan por la calzada cuando su velocidad sea superior.

 

Las personas con movilidad reducida que utilicen sillas de ruedas eléctricas podrán moverse por todos los lugares habilitados para las bicicletas (carriles bici, aceras bici…), las calles limitadas a 30 km/h o las residenciales, siempre que lo hagan a más de 5 km/h. También pueden moverse por las aceras o las zonas peatonales.

MÁS REGULACIÓN PARA LOS TURISTAS

La nueva normativa también contempla una nueva regulación para los grupos de turistas. Los visitantes que se desplacen en bicicleta o vehículos de movilidad personal (patinetes, segways y similares) tendrán que hacerlo, como máximo, en grupos de 15 personas y, en caso de ser superiores, tendrán que dividirse y dejar una distancia mínima de 50 metros entre ellos. Además, siempre que superen las seis personas tendrán que contar con un guía que conozca la red ciclista y la normativa municipal.

 

 

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